Nuevamente estamos ante un caso en el que las pruebas de un detective privado legalmente habilitado resultan determinantes para lograr la extinción de la pensión compensatoria.
En el supuesto relatado en la noticia, el detective logra acreditar que la perceptora de la pensión mantenía una relación sentimental pública y notoria con su nueva pareja desde hace años.
El artículo 101 del Código Civil establece que “el derecho a la pensión se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona”. Por este motivo, el juez entiende que se ha producido una alteración sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta al dictar la sentencia original y, por tanto, obliga a la exmujer a devolver los 30.000 euros que cobró.






